El Ejecutivo estableció la lista de actividades económicas que estarán permitidas durante la inmovilización social obligatoria en los departamentos con nivel de alerta sanitaria extrema. Estarán vigentes del 31 de enero al 14 de febrero de 2021.
Entre los rubros económicos y actividades que continuarán labores figuran las siguientes: agricultura, pesca y acuicultura, energía, hidrocarburos, minería y actividades conexas, manufactura en general y construcción.
La lista completa lo puede ver en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/12498
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