El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de sorgo (Sorghum bicolor y Sorghum sudanense) de origen y procedencia de la República de Serbia.
A través de la Resolución Directoral n.° D000025-2023-Midagri-Senasa-DSV, publicada hoy, 4 de diciembre, en el diario oficial El Peruano, se establece que la importación debe ser de la siguiente manera:
- El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia.
- El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial emitido por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen y procedencia, en el que se consigne la declaración adicional:
– Las semillas deberán provenir de un lugar de producción inspeccionado por la ONPF del país de origen y procedencia durante el período de crecimiento activo del cultivo y, mediante análisis de laboratorio, encontradas libres de: Pseudomonas syringae pv. syringae, Fusarium thapsinum, Gloeocercospora sorghi, Peronosclerospora sorghi y Sporisorium cruentum (indicar método de diagnóstico).
– Producto libre de Galeopsis tetrahit y Heliotropium europaeum.
– Número de precinto de contenedor (indicar el número de cada precinto. Solo envíos marítimos).
– Además, de contar con tratamiento preembarque con Fludioxanil 0,025 g/kg de semilla; o, cualquier otro producto de acción equivalente. El tratamiento preembarque deberá realizarse entre 7 y 14 días antes del embarque.
- El envío deberá venir en envases nuevos y de primer uso, resistentes al manipuleo, libre de suelo, otras semillas o cualquier material extraño al producto aprobado; con rotulados en los que se señale el número del lote, nombre del producto, el nombre del exportador y el país de origen.
- El envío deberá estar paletizado y transportado en contenedores limpios, sellados y precintados por la ONPF del país de origen y procedencia. El número de cada precinto deberá estar consignado en el certificado fitosanitario.
- Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al Perú.
- Al arribo del material, el inspector del Senasa deberá tomar una muestra de las semillas para su remisión a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa. El envío deberá quedar retenido hasta la obtención de los resultados de análisis. El costo del diagnóstico deberá ser asumido por el importador.
