Senasa aprobó los requisitos para la importación de frutas frescas de papaya y caqui

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó los requisitos fitosanitarios para la importación de frutas frescas de papaya de origen y procedencia de Colombia, y caqui procedente de España.

Papaya

La norma N° 0018-2020-MINAGRI-SENASA.DSV, publicada el 24 de octubre en El Peruano, indica que la importación debe ser de la siguiente manera:

Los lugares de producción, plantas procesadoras y empacadoras de frutas frescas de papaya deberán estar registradas y autorizadas por el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), antes del inicio de la temporada de exportación hacia el Perú.

El ICA publicará en su portal web los registros y autorizaciones vigentes. Asimismo, el envío debe estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen.

Caqui

La norma N°0017-2020-MINAGRI-SENASA-DSV, publicada el 26 de octubre en El Peruano, indica que el envío deberá contar con el con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.

Las frutas frescas de caqui deben provenir de lugares de producción y plantas de empaque registradas y certificadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España. También el envío debe estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen.

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