El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha establecido los requisitos fitosanitarios obligatorios para la importación de especímenes vivos del ácaro predador Stratiolaelaps scimitus, procedentes de Israel.
La medida se oficializó mediante la Resolución Directoral n.° D000031-2025-Midagri-Senasa, publicada el 4 de septiembre en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. Entre las disposiciones principales se establece que el envío deberá cumplir lo siguiente:
- Contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
- Acompañarse de un certificado fitosanitario oficial del país de origen que incluya la siguiente declaración adicional:
– El material biológico procede de un laboratorio, centro de investigación o centro de producción registrado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen.
– El envío contiene especímenes de Carpoglyphus lactis como presa.
– El envío contiene vermiculita esterilizada.
- Utilizar envases nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulados con la identificación del material biológico, número de lote de producción y país de origen.
- Someterse a inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al Perú.
- Permitir que el inspector del Senasa tome una muestra del material biológico para remitirla a la Subdirección de Control Biológico del Senasa, a fin de verificar la identificación del material importado. El envío permanecerá retenido hasta la obtención de los resultados de análisis, cuyo costo será asumido por el importador.
Dato adicional:
Estos ácaros son útiles para el control biológico de larvas de mosquito del hongo, larvas de mosca de orilla y pupas de trips que caen de la planta a los medios de crecimiento. Toleran niveles variables de humedad del suelo y pueden sobrevivir hasta 70 días en el entorno de cultivo, incluso en ausencia de alimento.
