Mediante la Resolución Directoral n.° D000010-2026-Midagri-Senasa-DSA, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó los requisitos sanitarios para la importación de carne y despojos comestibles de aves —como hígado, corazón, mollejas y patas— de gallos, gallinas y pavos, frescos, refrigerados o congelados, procedentes de Brasil.
Asimismo, la norma establece que quedan sin efecto todas las disposiciones que se opongan a los requisitos sanitarios aprobados en el artículo precedente, a partir de la entrada en vigencia del presente acto resolutivo.
También se dispuso que la carne y los despojos comestibles de aves procedentes de Brasil que se encuentren en tránsito internacional hacia el Perú antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral podrán ingresar al país, siempre que cuenten con permisos sanitarios de importación y certificados sanitarios de exportación vigentes emitidos por la autoridad sanitaria oficial del país de origen, así como con una inspección sanitaria favorable del Senasa. En estos casos, los permisos sanitarios de importación no serán modificados ni ampliados.
Finalmente, se precisa que los productos deberán estar amparados por un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad oficial competente de Brasil, en el que conste el cumplimiento de los requisitos establecidos. Los detalles pueden revisarse en el PDF adjunto.
