El Congreso de la República aprobó la Ley N° 31078 que promueve, difunde e incentiva el consumo del café peruano “Cafetea Perú”, como una bebida bandera para ser consumida en todo tipo de eventos oficiales y no oficiales, a nivel nacional, regional e internacional y contribuir de manera directa con el desarrollo económico de los productores agrarios de las zonas cafetaleras del territorio nacional y con la reactivación de la economía peruana.
Asimismo, el Ministerio de Agricultura y Riego (actual Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego) en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los gobiernos regionales, municipales y las entidades del sector público y privado, implementan las campañas de promoción, difusión y consumo del café.
El Minagri, dentro de los 30 días de la entrada en vigor de la presente ley, debe adecuar el Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030. También debe instaurar el Premio Cafetea Perú a otorgarse al sector privado una vez al año en las categorías que determine.
Las campañas de promoción son las siguientes: a nivel nacional e internacional
A nivel nacional
- A nivel nacional, las instituciones públicas en sus tres niveles de gobierno, los organismos autónomos y cualquier dependencia del Estado, promoverán preferentemente en toda actividad oficial y no oficial la utilización y consumo del café peruano.
- Se realizarán campañas de promoción y difusión interna para fomentar el consumo de café peruano “Cafetea Perú” y promocionar la imagen de la calidad del producto y, sobre todo, la denominación de origen del café peruano.
- Trabajarán campañas de difusión del café peruano “Cafetea Perú”, en medios de comunicación televisivo y radial estatales y privados, medios digitales y en las redes sociales, sobre los atributos y beneficios que brinda el café peruano para la salud.
- Organizarán ferias a nivel nacional, regional, provincial y distrital, distintas de las ferias existentes, para promocionar el barismo, la cata y la preparación del café peruano.
- Harán campañas de promoción turística a nivel nacional, regional, provincial y local de la “ruta del café” peruano, en especial, en las regiones productoras de café; incorporando en el tour, la visita a los centros de producción de café, degustación y preparación.
- Organizarán campañas que promuevan el maridaje y el consumo de alimentos a base de ingredientes del café peruano.
- Difundirán y promocionarán el consumo del café peruano en el portal web de todas las entidades del Estado.
A nivel internacional
- Las embajadas, consulados y misiones diplomáticas promoverán preferentemente en toda actividad oficial y no oficial la utilización y consumo del café peruano como bebida bandera.
- El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de sus organismos técnicos especializados, promociona, difunde e incentiva el consumo del café en los eventos internacionales que organiza o en el que participe una representación nacional.
- Establecer de forma permanente la promoción y difusión mundial de la marca “Cafés del Perú” (Coffees from Perú) a cargo de PROMPERÚ.
La ley fue publicada el 28 de noviembre en el diario oficial El Peruano.