Mediante el Decreto Supremo n.° 007-2026-Midagri, el Gobierno aprobó el reglamento de la Ley n.° 31296, Ley de Promoción de la Cadena Productiva Ganadero-Lechera, con el objetivo de impulsar su desarrollo, competitividad y fortalecimiento, garantizando la continuidad del abastecimiento de la producción láctea nacional y facilitando la adecuación progresiva de los pequeños productores a los estándares sanitarios y de inocuidad, en beneficio de los consumidores.
La finalidad del reglamento es definir los mecanismos y establecer a los responsables de la implementación de incentivos para el financiamiento directo y la cooperación técnica nacional e internacional.
El reglamento, que consta de tres títulos y 12 artículos, establece como plazo máximo el 31 de diciembre de 2031 para que las micro y pequeñas empresas (Mypes) y las personas naturales dedicadas a la elaboración de productos lácteos obtengan la certificación sanitaria basada en el cumplimiento del Sistema Integrado de Producción (SIP).
Para ello, las plantas beneficiarias deberán estar incorporadas en los programas de certificación conducidos por la Dirección General de Desarrollo Ganadero del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) y el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), o por el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa), de acuerdo con sus respectivas competencias.
Se adjunta el PDF de la norma.
