Mediante la Resolución Directoral n.° D000022-2025-Midagri-Senasa-DSV, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) declaró bajo control oficial, a nivel nacional, la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca, y dispuso la continuidad de las medidas fitosanitarias en las zonas donde se identifique su presencia, con el fin de asegurar su control y contención.
Asimismo, la norma dispone la continuidad de las medidas fitosanitarias que contribuyan en el control y contención de la plaga Xylella fastidiosa subsp pauca, las cuales no excluyen a otras medidas que pueda establecer la Dirección de Sanidad Vegetal del Senasa, según se detalla a continuación:
- Mantener el sistema de vigilancia fitosanitaria sensibilizado y a nivel nacional para la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca; y reportar de manera oportuna la información de las detecciones positivas.
- Implementar el control y manejo integrado en los lugares en donde se detecte o establezca la plaga, conforme al Anexo denominado “Lineamientos para la implementación de control y manejo integrado de la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca”.
- Identificar los puntos de entrada y salida de los lugares en los cuales se detecte la plaga, delimitando el área afectada y colocando letreros que indiquen el siguiente texto: “SENASA – PROHIBIDO EL INGRESO DE PERSONAL NO AUTORIZADO”. En estos lugares se restringe el tránsito de personas y animales, con excepción del personal autorizado por el Senasa.
- Prohibir el traslado de material vegetal de los cultivos de los lugares en los cuales se ha detectado la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca a través de la información generada por el sistema de vigilancia fitosanitaria del Senasa, los cuales se publicarán en el portal institucional del Senasa (www.gob.pe/senasa); su incumplimiento será sancionado según la normativa del Senasa.
- Informar a los productores, comerciantes, pasajeros, transportistas y público en general relacionados con la producción, comercialización y movilización de plantas y material vegetativo de los cultivos de café, cítricos, prunus, olivo y otros hospedantes de la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca, sobre las medidas fitosanitarias que establece el Senasa, a través de la ejecución de capacitaciones, talleres, charlas, reuniones y otros eventos similares.
Se precisa que el cumplimiento de las medidas fitosanitarias aprobadas en la presente norma es obligatorio para las personas naturales y jurídicas, productores, comerciantes, pasajeros, transportistas y público en general relacionados con la producción, comercialización y movilización de plantas y material vegetativo de los cultivos en los cuales se detecte la plaga Xylella fastidiosa subsp. pauca.
Según detalla la norma, actualmente Xylella fastidiosa subsp. pauca se ha detectado en las regiones de Amazonas, Cajamarca, Cusco, Huánuco, Junín, Lambayeque, Loreto, Pasco, Puno, San Martín y Ucayali, en el cultivo de café y en la región de Junín (9) y Loreto (1) en el cultivo de cítricos con diez casos positivos asintomáticos, por lo que recomienda se declare bajo control oficial la plaga Xylella fastidiosa subsp pauca, dentro del territorio nacional, y se continue con la aplicación de las medidas fitosanitarias para su contención y control a nivel nacional.
Datos:
Xylella fastidiosa es una bacteria, causante de diversas enfermedades en los cultivos de vid, cítricos, olivo, arándano, café, entre otros cultivos hospederos. Esta bacteria se transmite a través de insectos que se alimentan de la savia de las plantas.
La bacteria Xylella fastidiosa (incluyendo todas sus subespecies) está incluida en la lista de plagas cuarentenarias ausentes para el Perú, excepto la subsp. Pauca.
