Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional

Gobierno promulgó Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional

El 22 de julio último, el Congreso de la República aprobó la Ley N°31315-Ley de Seguridad Alimentaria y Nutricional, con la finalidad de establecer el marco legal para el desarrollo de las políticas públicas sobre seguridad alimentaria y nutricional, tomando en consideración que el derecho a la alimentación es un derecho fundamental de las personas. En ese marco, el presidente de la República, promulgó la referida ley, que fue publicada en el diario oficial El Peruano, el 26 de julio.

El desarrollo de políticas públicas en seguridad alimentaria y nutricional considera los principios siguientes:

  1. a) Descentralización: ejecutar, de manera descentralizada y eficiente, el conjunto de políticas, planes y proyectos de seguridad alimentaria y nutricional, en los tres niveles de gobierno.
  2. b) Equidad: generar las condiciones necesarias para que la población en situación de desventaja tenga acceso seguro, oportuno y adecuado a los alimentos.
  3. c) No discriminación: efectivizar el derecho a una alimentación adecuada, sin distinción alguna de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, edad, lugar de residencia, condición económica o de cualquiera otra índole.
  4. d) Participación ciudadana: incentivar la participación informada y oportuna de la población en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones de seguridad alimentaria y nutricional y en las políticas sectoriales que de ella se deriven.
  5. e) Progresividad: promover de manera progresiva el cumplimiento del derecho a una alimentación adecuada, respetando su contenido esencial.
  6. f) Solidaridad: promover la cooperación con las poblaciones que menos oportunidades tienen, con la finalidad de combatir la vulnerabilidad y riesgo a la inseguridad alimentaria.
  7. g) Sostenibilidad: garantizar la seguridad alimentaria y nutricional bajo modelos socioeconómicamente sostenibles, que protegen los recursos naturales y la diversidad biológica y cultural del país.
  8. h) Transparencia: promover el acceso a información pública de las acciones en materia de seguridad alimentaria y nutricional, fortaleciendo los canales y los mecanismos de control ciudadano.

Las dimensiones de la seguridad alimentaria y nutricional son las siguientes:

  1. a) Acceso: adoptar medidas de fomento productivo, protección social, de infraestructura y otras, que permitan a la población acceder a alimentos nutritivos, mediante la generación de ingresos para su adquisición o medios para su producción.
  2. b) Utilización: aprovechar el potencial nutricional de los alimentos revalorando los hábitos y la cultura alimenticia de cada región, promoviendo el consumo de alimentos de producción local, siempre que estos sean inocuos y nutritivos.
  3. c) Disponibilidad: garantizar la provisión oportuna y adecuada en cantidad y calidad de alimentos inocuos y nutritivos a nivel local, regional y nacional. Esta dimensión comprende los factores de producción, transformación, conservación, almacenamiento, comercialización e importación, las condiciones de comercio exterior y donaciones.
  4. d) Estabilidad: garantizar el continuo suministro, acceso y consumo de alimentos en el tiempo.
  5. e) Institucionalidad: implementar políticas públicas de seguridad alimentaria y nutricional coordinadas y articuladas de manera multisectorial e intergubernamental.

Lineamientos de acción para la promoción de la seguridad alimentaria y nutricional son los siguientes:

  1. a) Alentar una producción de alimentos sostenible y diversificada, incentivando la productividad, luchando contra las plagas y conservando los recursos naturales.
  2. b) Promover que los alimentos disponibles sean saludables y suficientes para satisfacer las necesidades de energía y nutrientes de la población.
  3. c) Promover la participación activa y coordinada de productores, comercializadores y consumidores, para la vigilancia del cumplimiento de las normas sobre seguridad alimentaria y nutricional.
  4. d) Adoptar medidas contra las amenazas a la seguridad alimentaria y nutricional, como son las sequías, la desertificación, las plagas, la erosión de la diversidad biológica, la degradación de tierras y aguas.
  5. e) Promover la investigación científica, tecnológica y productiva, pública y privada en materia de agricultura, ganadería, forestal, pesca y manejo sostenible de recursos naturales.
  6. f) Facilitar el acceso de alimentos y una adecuada nutrición, preferentemente, de las personas y poblaciones vulnerables.
  7. g) Fortalecer los componentes de educación, salud, higiene, vigilancia alimentaria y nutricional en las diversas intervenciones de salud pública a cargo del Estado.
  8. h) Recuperar y valorar los saberes ancestrales en la producción y consumo de alimentos.
  9. i) Fomentar la producción orgánica y ecológica de forma sostenible y diversificada, aprovechando el valor nutritivo de los productos de nuestra biodiversidad, así como su aprovechamiento con valor agregado.
  10. j) Propiciar condiciones favorables para la producción, comercialización y distribución de los productos de los pequeños y medianos productores del país.
  11. k) Dar seguimiento y evaluar los impactos de las políticas públicas de promoción de seguridad alimentaria y nutricional, para la posterior aplicación de las medidas de ajustes necesarias.
  12. l) Articular las intervenciones sobre seguridad alimentaria y nutricional ejecutadas por los tres niveles de gobierno.
  13. m) Otros que establezca el reglamento de la presente ley.

Asimismo, se reitera que Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, creada mediante Decreto Supremo 102-2012-PCM, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), continúa coordinando los esfuerzos de las instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, y de los representantes de la sociedad civil, orientados al logro de la seguridad alimentaria y nutricional en el ámbito nacional.

Finalmente se indica que el Midagri, a través de la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, presenta un informe por escrito antes del 16 de octubre de cada año al Congreso de la República, en el que se consigna el avance en la implementación de las políticas públicas sobre seguridad alimentaria y nutricional.

 

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