El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de zanahoria (Daucus carota L.) de origen y procedencia de Chile, que garantizarán un nivel adecuado de protección y minimizarán los riesgos de ingreso de plagas cuarentenarias al país.
Los requisitos fitosanitarios son los siguientes:
1) El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.
2) El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne: las semillas se encuentran libres de: Alternaria radicina, Amaranthus retroflexus, Amaranthus blitum, Echium vulgare, Hirschfeldia incana, Cuscuta campestris, Cuscuta epithymum, Alopecurus myosuroides y Polygonum lapathifolium, de acuerdo con el resultado del análisis oficial de laboratorio.
Además, el envío debió ser oficialmente inspeccionado durante el periodo de crecimiento, en momentos adecuados para la detección de las plagas y se encuentra libre de: Orobanche ramosa y Orobanche minor. Asimismo, las semillas fueron inspeccionadas y se encuentran libres de: Systole albipennis y Trogoderma variabile.
3) El envío deberá venir en envases nuevos y de primer uso, etiquetado o rotulado con el nombre del producto, número de lote y país de origen.
4) El envío deberá venir libre de suelo, restos vegetales o cualquier otra semilla distinta al producto autorizado.
5) Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
6) El inspector de Cuarentena Vegetal tomará una muestra del producto importado para remitirla a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa, a fin de descartar la presencia de las plagas indicadas en la declaración adicional. El envío quedará retenido hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
La medida ha sido oficializada a través de la Resolución Directoral N°0002-2022-Midagri-Senasa-DSV, publicada hoy, 21 de enero, en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano.
