El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de fruta fresca de kiwi (Actinidia chinensis y Actinidia deliciosa) procedente de Nueva Zelanda.
Esta medida fue oficializada mediante la Resolución Directoral n.° D000036-2024-Midagri-Senasa-DSV, publicada el 29 de septiembre en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. Se establece que los envíos deben cumplir con lo siguiente:
- Los lugares de producción y las plantas empacadoras de fruta de kiwi deberán estar registradas y autorizadas por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) de Nueva Zelanda antes del inicio de la temporada de exportación hacia Perú. La relación de lugares de producción y plantas empacadoras serán remitidas al Senasa antes del inicio de cada temporada de exportación.
- El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia.
- El envío deberá venir acompañado de un certificado fitosanitario oficial emitido por la ONPF del país de origen, en el que se consigne la declaración adicional: Las frutas han sido inspeccionadas y cumplen con el plan de trabajo para la exportación de fruta de kiwi de Nueva Zelanda a Perú y se encuentran libres de Stathmopoda skelloni, Cnephasia jactatana, Ctenopseustis herena, Ctenopseustis obliquana, Epiphyas postvittana, Planotortrix excessana y Planotortrix octo, Ceroplastes destructor y Thrips obscuratus. Asimismo, debe estar el número de precinto (sello).
- Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto y debidamente rotulados en el lado frontal de las cajas de modo que permita la identificación del producto exportado: “Código del huerto (lugar de producción), código de la planta empacadora, Nueva Zelanda”; y en la parte delantera del pallet: “Hacia el Perú”.
- El envío no contendrá hojas, suelo (tierra) u otro contaminante en las cajas o en los contendores de exportación que transporten la fruta hacia la República del Perú.
- El envío deberá estar acondicionado en pallets y será transportado en contenedores que deberán estar limpios y precintados, declarando el número de los precintos en el certificado fitosanitario. En el envío aéreo, cada caja o pallet deberá estar protegido con mallas inferiores a 1.6 x 1.6 mm de diámetro o cualquier otro material que mitigue el ingreso de plagas posterior a la certificación, precintándolo y colocando el número en el certificado fitosanitario.
- Los pallets deberán ser libres de corteza y cumplir con las regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalaje de madera.
- Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al Perú.
