Incipio
Se trata del parasitoide Anagyrus vladimiri y el predador Cryptolaemus montrouzieri

Establecen requisitos fitosanitarios para importación de parasitoide y predador de Israel

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación del parasitoide Anagyrus vladimiri y para el predador Cryptolaemus montrouzieri, ambas de origen y procedencia del Estado de Israel.

Importación del parasitoide Anagyrus vladimiri

La medida ha sido oficializada mediante la Resolución Directoral N°0027-2022-Midagri-Senasa-DSV, publicada el 18 de octubre en el diario oficial El Peruano. Para la importación se debe cumplir con lo siguiente:

1) El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.

2) El envío vendrá acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen en el que se consigne una declaración adicional: el material biológico procede de un laboratorio, centro de investigación o centro de producción registrado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen. Además, el pseudococcido momificado compone el envío como especie hospedera del parasitoide (indicar el nombre de la especie), y el sustrato que contiene al material biológico es inerte y se encuentra esterilizado.

3) Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto autorizado, debidamente rotulados con la identificación del material biológico, el número de lote de producción y el país de origen.

4) Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

5) El inspector del Senasa tomará una muestra del material biológico a fin de remitirla a la Subdirección de Control Biológico del Senasa para la identificación del material importado, quedando el envío retenido hasta la obtención de los resultados. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.

Importación del predador Cryptolaemus montrouzieri

La medida ha sido oficializada a través de la Resolución Directoral N°0028-2022-Midagri-Senasa-DSV-publicada el 18 de octubre en el diario oficial El Peruano, el envío debe cumplir con los siguientes requisitos:

1) El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen.

2) El envío vendrá acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen en el que se consigne: el material biológico procede de un laboratorio, centro de investigación o centro de producción registrado por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen. Así como, el sustrato que contiene al material biológico es inerte y se encuentra esterilizado.

3) Los envases serán nuevos y de primer uso, libres de cualquier material extraño al producto, debidamente rotulados con la identificación del material biológico, el número de lote de producción y el país de origen.

4) Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.

5) El inspector del Senasa tomará una muestra del material biológico a fin de remitirla a la Subdirección de Control Biológico del Senasa para la identificación del material importado, quedando el envío retenido hasta la obtención de los resultados de análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.

 

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