Mediante Resolución n.° 0085-2026-Midagri, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) crea un grupo de trabajo sectorial de naturaleza temporal, con el objeto de elaborar el “Lineamiento que establece los criterios para el diseño y ejecución de las intervenciones ganaderas en el trópico peruano, con enfoque de sostenibilidad”.
La norma señala que el grupo estará conformado por: un representante del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, quien lo preside; un representante de la Dirección General de Desarrollo Ganadero; un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; un representante de la Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros; y un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).
Así como un representante de las Direcciones Regionales de Agricultura de Madre de Dios, Ucayali, Amazonas, San Martín, Pasco y Huánuco. Asimismo, un representante por la Mesa Técnica Ganadera de Madre de Dios, Ucayali, Amazonas, San Martín y Pasco. Además, un representante de la Universidad Nacional Agraria La Molina, un representante de la Asociación Nacional de Productores de Carne Bovina (FONDGICARV) y un representante del World Wildlife Fund (WWF Perú).
El Grupo de Trabajo Sectorial se instalará en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.
Las funciones del grupo de trabajo son:
- a) Sistematizar y analizar información técnica, ambiental, social y económica sobre los sistemas de producción ganadera en el trópico peruano, identificando brechas, oportunidades y experiencias exitosas de ganadería sostenible.
- b) Formular la propuesta de lineamiento que establezca los criterios técnicos, ambientales, sociales y económicos para el diseño y ejecución de las intervenciones ganaderas en el trópico peruano, con enfoque de sostenibilidad, incluyendo mecanismos de implementación y seguimiento.
- c) Promover espacios de diálogo y consulta con actores relevantes del territorio para la elaboración de la propuesta de lineamiento a que se refiere el literal b) del presente artículo.
Finalmente, se precisa que el Grupo de Trabajo Sectorial tiene una vigencia de 12 meses, contados desde el día hábil siguiente de su instalación; extinguiéndose automáticamente al vencimiento de dicho plazo o al cumplimiento de su objeto, lo que ocurra primero. Al término de su vigencia, el Grupo de Trabajo Sectorial presenta al Despacho Ministerial de Desarrollo Agrario y Riego el producto final que contenga la propuesta normativa.
