Beneficios de la nueva ley de cooperativas agrarias

Beneficios de la nueva ley de cooperativas agrarias [OPINIÓN]

Escribe: Ing. Ana Mendoza Vela, especialista en desarrollo rural sostenible

Entre el 2010 y el 2017 se constituyeron la mayoría de las  395 cooperativas agrarias que existen en el Perú, según el Ministerio de la Producción. Durante ese periodo, las cooperativas se han regido por la Ley General de Cooperativas DS Nº 074-90-TR, aunque a partir del 2011   se han emitido varias normas sobre cooperativas, en función a la   dinámica productiva comercial y su aporte al desarrollo económico del país, como es el caso de las cooperativas de productores de cacao, café y banano orgánico, que son estrellas de la canasta agroexportadora.

Todas estas normas que se emitieron en la última década, no constituían una norma completa para asegurar el funcionamiento estricto de las cooperativas agrarias, debido a los vacíos legales impidiendo un efectivo funcionamiento de este modelo asociativo que  apuesta   por la economía social de mercado.

Promoción de las cooperativas agrarias

En ese sentido, tras varios años de análisis, diálogos, reuniones y talleres descentralizados a nivel nacional que se iniciaron el 2016, el 12 del presente se promulgó la Ley Nº 31335-Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, que permite el fortalecimiento organizacional, fomento y promoción de las cooperativas agrarias de usuarios (que incluye a la actividad ganadera y forestal), con un enfoque de cadena de valor,  dotándolas de un régimen tributario que responda a su naturaleza y al tipo de actos que desarrollan con sus socios.

Los beneficios tributarios serán  escalonados con  base en sus ventas, se establece el  derecho a solicitar la devolución de saldo a favor de la cooperativa exportadora y los ingresos por Comercio Justo quedarán inafectos  de  impuestos.

Otro punto transcendental de esta nueva Ley es el enfoque de la agricultura familiar y considera la participación de la mujer en la creación y  funcionamiento organizativo de las cooperativas agrarias,  actualmente integrada en 80 % por varones.

Conversión de asociación en cooperativas

Además, esta Ley establece el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias en el seno del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego,  donde las cooperativas deben inscribirse. Además se constituirá el Consejo Nacional de Cooperativas Agrarias (Conaca) como un espacio de análisis y que asegure el funcionamiento adecuado de estas organizaciones. Asimismo, la norma prevé la participación de las cooperativas en la comercialización de sus productos con el Estado, además de facilitar la conversión  de asociaciones a cooperativas.

En busca de nuevos mercados

Esta Ley  constituye una oportunidad para que las entidades del Estado, como Midagri, Devida, Produce y Mincetur continúen trabajando de forma articulada bajo el liderazgo del primero, incluso para  fortalecer los  fondos concursables,  impulsar programas  de  capacitación   especializado a las gerencias, equipos técnicos y directivos de las organizaciones de productores, buscando el acceso a nuevos mercados para los productos; facilitando la articulación de los productos de las cooperativas agrarias hacia los programas sociales del Midis y de las municipalidades y  las compras conjuntas de insumos;  acceso al crédito asociativo y fortalecimiento de los comités de mujeres y de jóvenes para que lideren los programas de transformación y valor agregado en sus productos.

Impulso de la asociatividad

Poniendo en práctica todas estas acciones se contribuirá a impulsar la asociatividad, como un modelo sostenible para producir, transformar y comercializar productos agrarios en mercados seguros que valoran sus esfuerzos por producir más y mejor y así superar el 30 % de la asociatividad estancada por muchos años.

 

 

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