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Ampliaron plazo para inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias

¡Atención productores! Ampliaron plazo para inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias

¡Buenas noticias para las cooperativas agrarias! Mediante la Ley n.° 32167, publicada en el diario oficial El Peruano, se dispuso la ampliación de los plazos para la inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias (RNCA).

Esta modificatoria también contempla la ampliación de plazos para la adecuación de los estatutos de las cooperativas agrarias, a fin de que puedan alinearse a la norma Ley 31335, denominada “Perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias»

Nuevos plazos para cooperativas de reciente constitución

A partir de ahora las cooperativas agrarias, las centrales de cooperativas agrarias y las cooperativas comunales tienen un plazo de 90 días hábiles, contados a partir del día siguiente de su inscripción en los Registros Públicos, para solicitar inscribirse en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias (RNCA).

Asimismo, si aún no han adecuado sus estatutos de acuerdo a la Ley 31335, tienen un plazo de 180 días hábiles contados a partir de su inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias (RNCA).

Nueva oportunidad para cooperativas con plazos de inscripción vencidos

Para aquellas cooperativas cuyo tiempo de inscripción en el RNCA y de adecuación de estatutos están vencidos, con esta modificatoria tendrán nuevos plazos para que puedan regularizar dichos trámites.

En el caso de las cooperativas constituidas antes de la entrada en vigor de la Ley 31335 (antes del 11 de agosto del 2021), inscritas en el RNCA y que no hayan adecuado su estatuto, tienen como fecha límite el 31 de diciembre del 2025.

En el caso de las cooperativas constituidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 31335 (11 de agosto del 2021 en adelante), contarán con un plazo excepcional de 240 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de esta modificatoria, para culminar su inscripción en el RNCA.

Recordemos que aquellas cooperativas que no se ajusten a lo estipulado por la mencionada Ley y su reglamento, podrán seguir operando con sus propias normas, pero no accederán a los beneficios que otorga el sector Agrario y de Riego.

Trabajo articulado

Reconocemos la labor de la Comisión Agraria del Congreso de la República, quiénes a través de su presidente, el congresista Eduardo Castillo Rivas, lideró esta iniciativa legislativa que beneficiará directamente a las cooperativas agrarias y a los productores agrarios del país.

Este esfuerzo, que contó con el apoyo y opinión técnica favorable del Midagri, permitirá incentivar la formalización y fortalecimiento de las cooperativas agrarias, promoviendo su acceso a beneficios económicos y su integración en mercados más competitivos, demostrando de esta manera el trabajo articulado que se viene ejecutando entre el Ejecutivo y Legislativo.

Ley 31335, denominada «Perfeccionamiento de la asociatividad de los productores agrarios en cooperativas agrarias»

Esta Ley cuenta con amplios beneficios para las cooperativas agrarias, como comercializar sus productos en mercados nacionales e internacionales, obtener facilidades para el acceso al financiamiento, acceder a un régimen tributario especial con tasas preferenciales, ser reconocido oficialmente como cooperativa agraria en el Midagri y tener más oportunidades y acceso a proyectos y programas agrarios.

Si deseas mayor información sobre lo estipulado en torno a esta Ley, escribir al correo ley31335@midagri.gob.pe.

La Ley n.° 32167, fue publicada el 21 de noviembre en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

 

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