El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó el Reglamento Sanitario para la Producción y Comercialización de Material Genético de Animales de Producción, con el objetivo de aplicar medidas sanitarias en el control y erradicación de enfermedades que afectan a los animales, evitando la propagación y diseminación de las mismas que afecten el estatus sanitario del país.
La medida ha sido establecida a través del Decreto Supremo 0010-2022-Midagri, publicada el 30 de junio en el diario oficial El Peruano. Esta reglamentación nace de la necesidad de garantizar que el material genético a producir y comercializar, evite el ingreso y la diseminación de enfermedades a través de la inseminación artificial o transferencia de embriones, conllevando a impulsar el crecimiento sostenido de la ganadería.
La medida entrará en vigencia en 180 días, después del cual la autoridad competente podrá aplicar sanciones a los que incumplan las disposiciones establecidas en esta normativa.
De esta manera, se espera disminuir las quejas y demandas de los ganaderos sobre la deficiente calidad del material genético ofrecido por los centros de producción y comercialización. Además, contribuirá a mejorar la competitividad y el desarrollo de la ganadería nacional, permitiendo que los ganaderos adquieran material genético con la calidad sanitaria, de acuerdo a los estándares internacionales.
El reglamento contribuirá de manera directa al cumplimiento de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Ganadero, implementando normas sectoriales que buscan mejorar los índices productivos y reproductivos relacionados al mejoramiento genético del ganado.
El ganado vacuno es la especie en la que con mayor frecuencia se utiliza la inseminación artificial y transferencia de embriones a nivel nacional, según el Cenagro-2012, la población total de vacunos en el Perú es de 5.2 millones.
