El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) aprobó el documento “Lineamientos para la elaboración y ejecución del Plan Anual de Monitoreo de Residuos en Productos Orgánicos”, al definirlo como el proceso sistemático de toma, envió y análisis de muestras a fin de obtener información que permita ser utilizada para el seguimiento de la condición orgánica y para guiar decisiones orientadas a fortalecer la Certificación y Fiscalización de la Producción Orgánica.
La norma indica que el Senasa es el ente encargado de conducir el sistema nacional de producción orgánica, en tanto Autoridad Nacional en Producción Orgánica. Por la tanto, la Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria tiene como parte de su estructura orgánica a la Subdirección de Producción Orgánica, la cual tiene como objetivo autorizar, registrar y supervisar la actuación de los Organismos de Certificación y de sus operadores, con la finalidad que los productos denominados orgánicos cumplan con lo establecido en los reglamentos vigentes.
Finalmente, la medida indica que, la Ley Nº 29196, Ley de Promoción de la Producción Orgánica o Ecológica, establece que el objeto de la misma es promover el desarrollo sostenible y competitivo de la producción orgánica o ecológica en el Perú.
La Resolución Directoral N°0050-2021-Midagri-Senasa-DIAIA, fue publicada el tres de agosto en el diario oficial El Peruano.
