Mediante la Resolución Viceministerial n.° 006-2026-EF/15.01, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los precios de referencia y los derechos variables adicionales aplicables a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo.
La norma, publicada el 27 de marzo de 2026 en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece que el precio de referencia del maíz será de $218 por tonelada métrica (TM), con un derecho variable adicional de $0 por TM.
Para el azúcar, el precio de referencia se fijó en $404 por TM, con un derecho variable adicional de $127 por TM.
En el caso del arroz, el precio de referencia se estableció en $448 por TM, con un derecho variable adicional de $136 por TM para el arroz en cáscara y de $194 por TM para el arroz pilado.
Finalmente, para la leche entera en polvo, el precio de referencia será de $3695 por TM, con un derecho variable adicional de $0 por TM.
La Franja de Precios es un instrumento de política comercial utilizado para estabilizar los costos de importación y los precios internos de un grupo seleccionado de productos agrarios.
El instrumento consiste en fijar un nivel superior y otro inferior para los precios internacionales de cada producto importado (la franja) y aplicar derechos variables adicionales en los casos en que el precio internacional cae por debajo del nivel inferior, o rebajas arancelarias cuando el precio internacional excede el límite superior.
