Área de Conservación Privada “Campo Verde”, Ucayali

Reconocen nueva área de conservación privada en Ucayali

El Ministerio del Ambiente (Minam) reconoce el Área de Conservación Privada “Campo Verde”, por un periodo de 40 años, ubicado en el distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, a fin de conservar una muestra representativa del bosque pluvial maduro de la llanura amazónica, en buen estado de conservación y con capacidad de sustento para la fauna silvestre asociado a ella.

Asimismo, busca conservar los ecosistemas de aguajales por la alta concentración de carbono almacenado en forma de turba dentro el ámbito de la ACP Campo Verde.

En la zona se han observado hasta el momento, 228 especies de aves que representan aproximadamente el 80% de las especies que se registran en esta región. Del total de especies registradas en el ACP Campo Verde, 36 están incluidas en los apéndices CITES de especies clasificadas en diferentes niveles según el grado de amenaza entre los que figuran el halcón peregrino.

Debido a la gran diversidad de aves que alberga esta área, su reconocimiento representa una gran oportunidad para llevar a cabo investigación ornitológica a largo plazo, valorar las aves en un contexto de servicios ecosistémicos y desarrollar el ecoturismo.

Asimismo, en el área se registran más de 20 especies de mamíferos como el tapir o sachavaca, especie considerada amenazada que se encuentra en situación vulnerable, tanto en la Lista Roja de Perú como en la de la UICN. De igual manera, se registran un total de 23 especies de anfibios y 19 especies de reptiles.

En cuanto a su variedad de flora, un conteo preliminar revela la existencia de unas 100 especies de árboles por hectárea entre árboles frutales nativos como aguajales y otros de gran importancia social y económica porque constituyen la seguridad alimentaria de la población local, así como una fuente de ingreso directo a través del aprovechamiento de frutos amazónicos.

El área total del predio está inscrita en la Partida Electrónica N° 11042622 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° VI – sede Pucallpa, de la Oficina Registral de Pucallpa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), de propiedad de la empresa JCC Inversiones SAC.

La norma indica que las obligaciones que se derivan del reconocimiento de la citada área de conservación privada son inherentes a la superficie reconocida como tal y el reconocimiento del área determina la aceptación por parte del propietario de las condiciones especiales de uso que constituyen cargas vinculantes para todas aquellas personas que, durante la vigencia del reconocimiento del área de conservación privada, sean titulares o les sea otorgado algún derecho real sobre el mismo.

También dispone que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) inscriba en la Sunarp las cargas de condiciones especiales de uso del Área de Conservación Privada “Campo Verde”, reconocida por un periodo de 40 años, según el siguiente detalle:

  1. Usar el predio para los fines de conservación por los cuales ha sido reconocido.
  2. Brindar al representante del Sernanp, las facilidades que estén a su alcance para la supervisión del Área de Conservación Privada.
  3. Cumplir con su Ficha Técnica (Plan Maestro), la misma que tiene una vigencia de 5 años renovables.
  4. Presentar al Sernanp un informe anual respecto al cumplimiento de los compromisos establecidos en la Ficha Técnica (Plan Maestro).
  5. Comunicar por escrito al Sernanp en caso de: a) cambio de domicilio legal del propietario o del representante legal en un periodo máximo de un mes; b) cambio de representante legal y/o transferencia de propiedad (en un periodo máximo de tres meses, de efectuada la operación, adjuntando la copia simple del contrato de compra venta, o testamento, adelanto de herencia, entre otros, así como los datos de los nuevos propietarios (nombre y apellido completo, DNI, dirección legal, correo electrónico, número telefónico o celular).
  6. Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, así como los compromisos asumidos ante el Sernanp y demás normas que se emitan al respecto.

La medida ha sido establecida a través de la Resolución Ministerial N°193-2022-Minam, publicada el 29 de setiembre en El Peruano.

 

 

Sobre Agro Perú

AGROPERÚ INFORMA, abre un nuevo surco de esperanza para lograr la reivindicación del campesino y promover el desarrollo a partir del agro, con base en principios e ideales con los que ha sido forjado este equipo humano que la lidera y que tiene en sus manos la responsabilidad de trabajar creativamente para revertir la actual situación en la que se encuentra el sector prioritario de la economía nacional, a través de propuestas basadas en nuestra realidad nacional, con el compromiso de mantener la independencia, pluralidad de opiniones, los niveles de calidad y objetividad en el tratamiento de las información.

Compruebe también

El agro peruano enfrenta el desafío de innovar para mantener su competitividad global

El agro peruano enfrenta el desafío de innovar para mantener su competitividad global

Aunque las agroexportaciones peruanas mantienen una tendencia positiva, el verdadero desafío será sostener ese crecimiento en un entorno cada vez más competitivo e impactado por la variabilidad climática

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *