Mediante la Resolución Viceministerial n.° 008-2026-EF/15.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los precios de referencia y los derechos variables adicionales aplicables a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo.
La norma, publicada el 29 de abril de 2026 en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, establece que el precio de referencia del maíz será de $217 por tonelada métrica (TM), con un derecho variable adicional de $0 por TM.
Para el azúcar, el precio de referencia se fijó en $432 por TM, con un derecho variable adicional de $99 por TM.
En el caso del arroz, el precio de referencia se estableció en $475 por TM, con un derecho variable adicional de $117 por TM para el arroz en cáscara y de $167 por TM para el arroz pilado.
Finalmente, para la leche entera en polvo, el precio de referencia será de $3530 por TM, con un derecho variable adicional de $87 por TM.
La franja de precios es un instrumento de política comercial utilizado para estabilizar los costos de importación y los precios internos de un grupo seleccionado de productos agrarios.
Este mecanismo consiste en fijar un nivel superior y otro inferior para los precios internacionales de cada producto (la franja) y aplicar derechos variables adicionales cuando el precio internacional cae por debajo del nivel inferior, o rebajas arancelarias cuando supera el límite superior.
