Ley agraria | Trabajadores de agroexportadoras tendrían remuneración escalonada de acuerdo al tamaño de la empresa

La Comisión Multisectorial presentó el proyecto de ley de Nuevo Régimen de la Agroexportación para un trabajo digno, la inversión y la productividad, con esta medida se crearía un nuevo régimen laboral agrario, con una remuneración escalonada de acuerdo al tamaño de la empresa: en grandes S/ 1543; medianas S/ 1234,40; y pequeñas S/ 1033,81.

Sin embargo, en esta medida se excluye a los sectores acuícola, crianza de animales y forestal, antes contemplado en la Ley de Promoción Agraria. 

Grandes empresas

La comisión estableció que para la gran empresa, el salario a pagar no puede ser menor a S/ 1543. En este monto la CTS equivale a 9.72 % de la remuneración básica y las gratificaciones a 16.66% de la Remuneración Básica. 

La gran empresa es considerada por tener más de 1000 trabajadores en cualquier modalidad de contratación o con ventas brutas anuales iguales o mayores a los US$ 50 millones. Los contratos laborales pueden ser determinados o indeterminados, se enmarcan en el Decreto Legislativo 728, según el tipo de contrato.

De la misma manera, la norma establece la Remuneración Básica, la CTS y las Gratificaciones que se actualicen en los mismos porcentajes que las ganancias promedio de productividad del sector agroindustria y agroexportador cada tres años.

En el caso de las utilidades, los trabajadores del sector agroindustrial y agroexportador participarán del 10 % de las utilidades de sus respectivas empresas, en las condiciones señaladas en el Decreto Legislativo 892 y en el Reglamento de la presente Ley. Esto es el doble de lo que actualmente participan.

Asimismo, se impone el bono anual de productividad y competitividad cada vez que se produzca el incremento anual del PBI agroindustrial. Cabe indicar que los bonos son una prerrogativa de las empresas, según los diferentes sectores.

Mediana y pequeña empresa 

La mediana empresa (entre 200 a 999 trabajadores en cualquier modalidad de contratación o ventas brutas anuales mayores a US$ 20 millones y menores a US$ 50 millones). En este caso la Remuneración Diaria integral (RDI) son similares a la gran empresa, pero con un castigo de 20 % en su monto respectivo, es decir S/ 1234.4. 

Para la pequeña empresa, que tiene entre 20 a 199 trabajadores o ventas brutas anuales mayores a US$ 7 millones y menores a US$ 20 millones, la Remuneración Diaria integral, tienen un castigo de 33 % en su monto respectivo, es decir S/ 1033.81. 

Por otro lado, el proyecto establece que, cuando el contrato dure entre 1 a 29 días, la Remuneración Diaria Integral (RDI) será de S/ 64.98, si trabajan entre cuatro a ocho horas diarias. El trabajo que exceda las ocho horas diarias se paga como horas extras.

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