El Poder Ejecutivo dispuso la creación de la comisión multisectorial del Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural, con el objetivo de realizar el seguimiento y fiscalización del cumplimiento de las intervenciones articuladas en el ámbito nacional, regional y local, en favor del desarrollo sectorial.
También se monitorearán aquellas intervenciones contenidas en el Plan de Acción para el Desarrollo Agrario y Rural y su respectiva actualización, en el marco de la Vigésimo Tercera Política de Estado del Acuerdo Nacional, denominada Política de Desarrollo Agrario y Rural y la Segunda Reforma Agraria, con la finalidad de cautelar la generación de valor público de las intervenciones del Gobierno a favor de la población rural y de la agricultura familiar.
El Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural tiene a su cargo las siguientes funciones:
- a) Efectuar el seguimiento semestral y fiscalizar el cumplimiento de las medidas adoptadas por los Sectores a favor del desarrollo agrario y rural; así como de aquellas intervenciones articuladas en el territorio, del nivel nacional, regional y local, orientadas a promover el desarrollo agrario y rural, contenidas en el Plan de Acción para el Desarrollo Agrario y Rural y su respectiva actualización.
- b) Realizar las coordinaciones necesarias a fin de coadyuvar a que las medidas adoptadas por los Sectores a favor del desarrollo agrario y rural, así como las estrategias contenidas en el Plan de Acción para el Desarrollo Agrario y Rural vigente, sean incorporadas en los Planes Operativos Institucionales y Planes Estratégicos de los Ministerios y de las entidades públicas, para efectuar el adecuado seguimiento respecto al cumplimiento del citado Plan.
El Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural está conformado por:
El presidente de la República o su representante, quien lo preside, el/la presidente/a del Consejo de ministros, los ministros de Ambiente, Comercio Exterior y Turismo, Cultura, Desarrollo Agrario y Riego, Desarrollo e Inclusión Social, Mujer y Poblaciones Vulnerables Producción, Transportes y Comunicaciones, y de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
También los presidentes de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, Asociación Nacional de Municipalidades del Perú (AMPE) y de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú.
Los miembros titulares y alternos del Gabinete de Desarrollo Agrario y Rural ejercen sus funciones ad honorem.
La medida ha sido oficializada a través del Decreto Supremo N° 002-2022-Midagri, publicada en el 8 de enero en el diario oficial El Peruano.
