El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de zanahoria (Daucus carota) de origen y procedencia de la Mancomunidad de Australia, a fin de garantizar un nivel adecuado de protección y minimizar los riesgos de ingreso de plagas cuarentenarias al país.
A través de la Resolución Directoral N°0006-2022-Midagri-Senasa-DSV, publicado el 17 de mayo en el diario oficial El Peruano, se indica lo siguiente:
- El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia.
- El envío deberá estar acompañado de un certificado fitosanitario oficial del país de origen en el que se consigne:
Las semillas provienen de plantas inspeccionadas oficialmente por la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) del país de origen, durante el periodo de crecimiento activo del cultivo, y encontradas libres de: Alternaria radicina y Pseudomonas viridiflava.
También deben estar libres de: Anthemis cotula, Arctotheca calendula, Bassia scoparia, Carduus acanthoides, Carduus pycnocephalus, Cuscuta australis, Cuscuta epithymum, Galium spurium, Heliotropium europaeum, Hibiscus trionum, Lolium rigidum, Phalaris paradoxa, Polygonum lapathifolium, Rhaponticum repens, Salsola kali y Tripleurospermum inodorum (corroborado mediante análisis de laboratorio). Así como de Corcyra cephalonica, Oryzaephilus mercator y Trogoderma variabile.
- Los envases serán nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes al manipuleo, libres de material extraño al producto, debidamente rotulados con el nombre del producto, del exportador y del país de origen.
- El envío deberá someterse a una inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
- Al arribo del material, el inspector del Senasa tomará una muestra del envío para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
Importación de plantas y plantas in vitro de orquídeas
Por otro lado, el Senasa a través de la Resolución Directoral N°0007-2022-Midagri-Senasa-DSV, también estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de plantas y plantas in vitro de orquídeas del género Phalaenopsis spp. de origen y procedencia de la República Federal de Alemania.
