El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) estableció los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de plantas de kiwi (Actinidia deliciosa y Actinidia chinensis) de origen y procedencia de Chile.
La medida se oficializó mediante la Resolución Directoral n.° D000041-2025-Midagri-Senasa-DSV, publicada el 13 de noviembre en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano. La resolución establece que el envío debe cumplir 12 requisitos, entre los que destacan:
El material debe provenir de viveros registrados por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) de Chile para la certificación oficial de exportación.
Además, el Senasa autorizará a los viveros que exporten por primera vez material de propagación de kiwi.
Para mayores detalles, se adjunta el PDF de la norma:
