ganado bovino

Aprueban requisitos para la importación de bovinos procedentes de Estados Unidos

El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha aprobado los requisitos sanitarios para la importación de bovinos procedentes de los Estados Unidos, destinados a reproducción, exposición, ferias o engorde.

La medida se oficializó mediante la Resolución Directoral n.° D000014-2025-Midagri-Senasa-DSA, publicada el 12 de julio en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, donde también se dejó sin efecto la Resolución Directoral n.° 0018-2021-Midagri-Senasa-DSA.

Requisitos sanitarios para la importación de bovinos

Los animales estarán amparados por un certificado sanitario expedido por un veterinario acreditado por el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de América (USDA por sus siglas en inglés) y endosado por un médico veterinario de los Servicios Veterinarios (APHIS-USDA por sus siglas en inglés). El certificado deberá contener el nombre y dirección del importador y exportador; así como la identificación permanente completa (arete, tatuaje o microchip) de los animales que se van a exportar. El certificado sanitario debe consignar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Estados Unidos es libre de fiebre aftosa, perineumonía contagiosa bovina y fiebre del valle del Rift, según los procedimientos de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
  2. Estados Unidos es libre de cowdriosis, dermatosis nodular contagiosa, septicemia hemorrágica (Pasteurella multocida serotipo E:2 y B:2), la fiebre de la costa este (Theileria parva), theileriosis tropical (Theileria annulata) y encefalitis japonesa.
  3. Estados Unidos es reconocido por la OMSA como país con riesgo insignificante de encefalopatía espongiforme bovina (EEB) de acuerdo al Código Sanitario para los Animales Terrestres.
  4. Los bovinos nacieron y se criaron en los Estados Unidos.
  5. Los bovinos destinados a la exportación son identificados por medio de un sistema de identificación permanente de manera que demuestra que no son bovinos expuestos a la EEB como se describe en el código sanitario para los Animales terrestres de la OMSA.
  6. Los bovinos se mantuvieron aislados bajo la supervisión de un médico veterinario acreditado por el USDA durante, por lo menos los 35 días antes del embarque, en una explotación donde no han ocurrido casos de theileriosis ni dermatofilosis en los últimos dos años. Durante el tiempo de aislamiento, los animales no manifestaron signos clínicos de enfermedades transmisibles incluyendo lengua azul, dermatofilosis y theileriosis.
  7. El establecimiento de origen y en un radio de 10 Km a su alrededor, no estuvo bajo cuarentena o restricción de la movilización en el momento del aislamiento, al menos durante los 60 días previos al embarque.
  8. Los bovinos no fueron descartados o desechados en los Estados Unidos de América, como consecuencia de un programa de erradicación de una enfermedad transmisible de bovinos.
  9. El establecimiento de origen de los bovinos no ha registrado ningún caso de estomatitis vesicular durante al menos los 21 días anteriores al embarque.
  10. El establecimiento de origen (táchese la opción que no corresponda): a. No mantiene otras especies de animales; o, b. Mantiene otras especies de animales donde no se ha registrado durante dos años anteriores al embarque: peste de los pequeños rumiantes, viruela ovina y caprina, brucelosis caprina y ovina, fiebre catarral maligna y brucelosis porcina según sea el caso.
  11. Lengua azul: a. Los bovinos han sido protegidos contra las picaduras de culicoides durante por lo menos los 14 días anteriores al embarque y durante el transporte al lugar de salida; y, b. Los bovinos dieron resultados negativos a una prueba de (táchese la opción que no corresponda): IDGA, o ELISA, o prueba de reacción en cadena de la polimerasa (PCR) realizada durante el aislamiento.

Los animales positivos a la prueba de IDGA o ELISA puede ser probados por la prueba de PCR realizada más de 14 días después que los animales entren a la cuarentena; los animales negativos a la prueba de PCR serán elegibles para ser exportado a Perú. (Indicar la fecha de la prueba).

  1. Leptospirosis (táchese la opción que no corresponda): a. Los bovinos fueron tratados con oxitetraciclina a una dosis de 20 mg/kg de peso vivo; o, b. Han recibido un tratamiento con un antimicrobiano de acción específica contra Leptospira, aprobado por los Estados Unidos de América (indicar el nombre del antimicrobiano, la dosis usada, frecuencia del tratamiento y vía de administración).
  2. Rabia silvestre (táchese la opción que no corresponda): a. En los establecimientos de origen durante los 12 meses anteriores al embarque no se ha registrado ningún caso de rabia; o b. Los establecimientos de origen están ubicados en una zona donde la rabia es endémica; por esta razón los bovinos fueron vacunados no más de seis (6) meses antes del aislamiento y revacunados durante el aislamiento (indicar nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de tratamiento) con vacunas aprobadas.
  3. Brucelosis bovina (táchese la opción que no corresponda): a. Los bovinos proceden de estados certificados libres de brucelosis y resultaron negativos a una de las siguientes pruebas efectuadas dentro de los 30 días anteriores al embarque (indicar la fecha y el laboratorio): Antígeno tamponado; o, ELISA indirecto; o, ensayo de polarización fluorescente.

O, b. Los bovinos se aislaron antes del embarque y resultaron negativos a dos pruebas serológicas (ELISA indirecto, Antígeno tamponado o ensayo de polarización fluorescente) efectuadas con un intervalo de 30 días, la segunda prueba efectuada durante los 15 días anteriores al embarque. Estas pruebas no son válidas para hembras que han parido en los 14 días anteriores (indicar la fecha y el laboratorio).

O, c. Los animales proceden de rebaños certificados como rebaños libres de brucelosis de acuerdo a los Métodos Uniformes y Reglamentos del USDA, para erradicación de Brucelosis; y dentro de los treinta (30) días previos al embarque resultaron negativos a una de las siguientes pruebas: antígeno tamponado o ELISA indirecto o ensayo de polarización.

O, d. Los bovinos han permanecido en un rebaño libre de Brucelosis bovina según lo define el Código de los Animales Terrestres de la OMSA vigente, y resultaron negativos a prueba de Antígeno tamponado y Fijación de complemento efectuada durante los 30 días previos al embarque (indicar fecha de la prueba).

  1. Theileriosis (Theileria orientalis): Los bovinos dieron resultados negativos a una prueba de PCR, a partir de una muestra tomada antes de la entrada a la explotación de aislamiento y al menos 25 días después de la entrada.
  2. Rinotraqueitis infecciosa bovina/vulvovaginitis pustular (táchese la opción que no corresponda): a. Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada entre los 20 días y seis meses, antes del embarque (indicar nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de tratamiento); o, b. Los bovinos no han sido vacunados y resultaron negativos durante la cuarentena a una prueba de (indicar la fecha y el laboratorio): Neutralización de virus; o, ELISA de bloqueo. Efectuada durante los 30 días previos al embarque.
  3. Campilobacteriosis genital bovina: a. Los bovinos machos (táchese la opción que no corresponda): No son usados para monta natural y han montado hembras vírgenes; o, Fueron usados para monta natural y resultaron negativos a una prueba de (táchese la opción que no corresponda): Cultivo de muestras del prepucio; o, Inmunofluorescencia directa de muestras prepuciales y de semen.

Y, b. Los bovinos hembras (táchese la opción que no corresponda): Son vírgenes y fueron cubiertas por monta natural por machos no usados para monta natural o por inseminación artificial; o, Fueron cubiertas por monta natural y resultaron negativo a las pruebas de (táchese la opción que no corresponda): Aislamiento o identificación del agente en medios de cultivo; o, Inmunofluorescencia directa de muestras de moco vaginal o cervicovaginal.

  1. Tricomoniasis (indicar la prueba oficial donde se indique la fecha y el laboratorio): a. Los bovinos machos (táchese la opción que no corresponda): No usados para monta natural y han montado hembras vírgenes; o, Fueron usados para monta natural y resultaron negativos al examen microscópico directo y el cultivo de muestras prepuciales.

Y, b. Los bovinos hembras (táchese la opción que no corresponda): Son vírgenes y fueron cubiertas por monta natural por machos no usados para monta natural o por inseminación artificial; o, Fueron cubiertas por monta natural y resultaron negativas al examen microscópico directo y el cultivo de mucus vaginal.

  1. Tuberculosis (táchese la opción que no corresponda): a. Los animales destinados a la exportación proceden de estados acreditados libres de tuberculosis acorde a lo señalado en el código sanitario de los animales terrestres de la OMSA de tuberculosis y resultaron negativos a una prueba de tuberculina bovina con productos derivados de proteína purificada (PPD) aplicada en el pliegue caudal efectuada dentro de los 30 días anteriores al embarque. La lectura de la prueba se realizó 72 horas después de inyectar la tuberculina. (Indicar la fecha de la prueba); o, b. Los animales destinados a la exportación proceden de hatos oficialmente libres de tuberculosis acorde a los métodos del USDA lo señalado en el Código de Animales Terrestres de la OMSA y resultaron negativos a una prueba de tuberculina bovina PPD aplicada en el pliegue caudal efectuada dentro de los 30 días anteriores al embarque. La lectura de la prueba se realizó 72 horas después de inyectar la tuberculina. (Indicar la fecha de la prueba).

O, c. Los animales destinados a la exportación proceden de hatos acreditados libres de tuberculosis de acuerdo a los Métodos Uniformes y Reglamentados del USDA para la Erradicación de tuberculosis y resultaron negativos a una prueba de tuberculina bovina PPD aplicada en el pliegue caudal efectuada dentro de los 30 días anteriores al embarque. La lectura de la prueba se realizó 72 horas después de inyectar la tuberculina. (Indicar la fecha de la prueba).

  1. Leucosis bovina: a. No se han diagnosticado casos de Leucosis en el rebaño de origen durante los dos últimos años previos al embarque; y, b. Los bovinos resultaron negativos a dos pruebas de ELISA con intervalo no menor de 30 días; la segunda prueba realizada durante el aislamiento.
  2. Paratuberculosis (táchese la opción que no corresponda): Los bovinos permanecieron en un rebaño en el que no fue registrado ningún signo clínico de Paratuberculosis durante los 12 meses anteriores al embarque y resultaron negativos a dos pruebas de ELISA o inmunodifusión en gel agar (AGID) con intervalo de 21 a 45 días entre ambas pruebas. La segunda prueba se realizó durante el aislamiento previo al embarque.
  3. Diarrea viral bovina (táchese la opción que no corresponda):
  4. Los bovinos han sido vacunados con una vacuna inactivada entre 20 días y seis meses antes del embarque (indicar nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de tratamiento); o, b. Los bovinos resultaron negativos a una de las siguientes pruebas diagnósticas dentro de los treinta (30) días previos al embarque: Aislamiento en cultivo celular (muestras de células leucocitarias, sangre completa, leucocitos lavados); o, Sueros con la adición de un sistema de inmunomarcaje (Inmunoperoxidasa o Fluorescencia); o, Identificación del agente en sangre, plasma o suero por la prueba de ELISA de captura de antígenos (ELISA de captura E RNS); o, Identificación del Agente en sangre por la prueba de PCR con Trascripción Inversa (RT-PCR). Indicar fecha y laboratorio para la opción que corresponda.
  5. Durante el aislamiento, cada animal recibió dos tratamientos contra parásitos externos e internos con productos autorizados para su uso en los Estados Unidos de América; el primero al comienzo del aislamiento y el último, ocho días o menos previos del embarque (indicar nombre del nombre del producto, dosis, laboratorio productor y fecha de administración).
  6. Los bovinos fueron examinados durante el aislamiento de exportación por un Médico Veterinario acreditado, quien ha comprobado que los animales se encontraron libres de garrapatas y heridas con huevos o larvas de mosca. (Indicar fecha de inspección).
  7. Los bovinos son transportados directamente del establecimiento de aislamiento hacia el puerto de exportación en vehículos precintados, limpios y desinfectados con productos autorizados por los Estados Unidos.
  8. Dentro de las 48 horas previas al embarque, los bovinos serán sometidos a una inspección veterinaria en el puerto de embarque para determinar que son libres de evidencia de enfermedades transmisibles y exposición a las mismas. (Se adjuntará el certificado de inspección de animales de exportación).

Parágrafo

  1. Los certificados deberán ser emitidos en idioma castellano.
  2. Al llegar al país los animales permanecerán en cuarentena por un periodo de 30 días, en un lugar autorizado por el Senasa, sometiéndose a las medidas sanitarias que se dispongan.

Estos requisitos sanitarios deben ser remitidos a su proveedor en los Estados Unidos, a fin de que los certificados sanitarios emitidos por la autoridad oficial competente incluyan las exigencias descritas.

En caso la certificación no coincida con estos requisitos, la mercancía será rechazada, sin lugar a reclamo.

 

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