El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) ha establecido los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio para la importación de semillas de paulownia (Paulownia tomentosa y Paulownia elongata) de origen y procedencia de Estados Unidos.
Mediante Resolución Directoral n.°D000004-2025-Midagri-Senasa-DSV, publicada el 20 de febrero en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, debe ser de la siguiente manera:
- El envío deberá contar con el permiso fitosanitario de importación emitido por el Senasa, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen y procedencia.
- El envío deberá venir acompañado por un certificado fitosanitario oficial del país de origen y procedencia.
- El envío deberá venir en envases nuevos y de primer uso, libre de suelo (tierra) y libre de otras semillas o cualquier material extraño al producto aprobado. Los envases deberán estar rotulados con la identificación del producto, el número del lote y el país de origen.
- Inspección fitosanitaria en el punto de ingreso al país.
- El inspector del Senasa deberá tomar una muestra de las semillas para remitirla a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del Senasa para análisis micológico, quedando retenido hasta la obtención de los resultados del análisis. El costo del diagnóstico será asumido por el importador.
